Pedro F. y Javier G., padres de un bebé nacido el 24 de agosto en Orange (California) mediante una gestación subrogada (“vientre de alquiler”), han visto denegada su solicitud de inscripción de su hijo en el Registro Civil, y ello pese a la reciente instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, que -como ya contamos- autoriza la inscripción en el Registro Civil de niños nacidos en el extranjero por el procedimiento de gestación subrogada si existe una resolución judicial del país de origen (circunstancia que se cumple en California, donde la gestación subrogada es absolutamente legal).
La pareja recibió un correo electrónico del consul general de España en Los Ángeles, Enrique Ruiz Molero, comunicándoles el rechazo a su solicitud a las 22.35 horas del pasado 7 de octubre, tan sólo 85 minutos antes de entrase en vigor al día siguiente la instrucción que autoriza la inscripción. Tras pedir explicaciones el mismo día 8 a la directora general de los Registros y del Notariado, María Ángeles Alcalá, se les contesta que el 7 de octubre la nueva norma aún no había sido publicada y el Consulado no tenía la obligación de conocerla, y que además la orden en cuestión no era vinculante hasta su entrada en vigor.
La pareja sólo ha podido recurrir dicha decisión este pasado día 22, tras recibir por fin la resolución completa con los motivos de la negativa, de forma que su bebé vive en España “como un turista estadounidense”, en el mismo “limbo legal” al que estaban sometidos estos niños antes de la aprobación de la norma, en palabras de uno de los padres. No obstante, fuentes del Ministerio de Justicia han indicado ayer que no tendría que haber ningún problema para inscribir al niño, si en el recurso contra la resolución negativa los padres cumplen con los requisitos incluidos en la Instrucción 15.317, que regula estos casos: fundamentalmente, la presentación de una sentencia judicial del país de nacimiento para garantizar los derechos del niño y la madre gestante. A este respecto cabe mencionar que, según la Plataforma de Apoyo a Familias Homoparentales que acceden a la paternidad mediante Gestación Subrogada, dicho requisito perpetúa una situación discriminatoria, ya que sólo es exigido a las familias homoparentales. Además, y siempre según la plataforma y los juristas por ellos consultados, “la instrucción sigue dejando a criterio del funcionario del registro el aceptar o no la inscripción”, y “no en todos los estados donde se subroga la supervisión es judicial, en alguno es administrativa. Incluso en aquellos donde es judicial, como California, no siempre se puede conseguir una copia del juicio para el registro español”.
Mala fe por parte del Consulado, exceso de celo o simplemente un desconocimiento real de los cambios legales, lo cierto es que hay más casos similares, de padres cuya solicitud de inscripción de sus hijos fue denegada habiéndola presentado antes del 8 de octubre (y en algún caso incluso después). Así, la impresión general de la plataforma de padres creada para defender sus derechos es que los consulados están “dando largas” a propósito y tienen “atascados” los expedientes, con el resultado de que sus hijos viven en España en un limbo legal después de que sus visados de turistas como ciudadanos estadounidenses caducasen.
En este contexto cabe recordar el reciente anuncio por parte del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, de que el Gobierno español no va a promover la autorización de la gestación subrogada en España. Según Caamaño, la nueva instrucción de su ministerio al respecto tiene como fin garantizar la seguridad jurídica de los menores, pero no supone que se abra el camino a su legalización en suelo español.
La pareja recibió un correo electrónico del consul general de España en Los Ángeles, Enrique Ruiz Molero, comunicándoles el rechazo a su solicitud a las 22.35 horas del pasado 7 de octubre, tan sólo 85 minutos antes de entrase en vigor al día siguiente la instrucción que autoriza la inscripción. Tras pedir explicaciones el mismo día 8 a la directora general de los Registros y del Notariado, María Ángeles Alcalá, se les contesta que el 7 de octubre la nueva norma aún no había sido publicada y el Consulado no tenía la obligación de conocerla, y que además la orden en cuestión no era vinculante hasta su entrada en vigor.
La pareja sólo ha podido recurrir dicha decisión este pasado día 22, tras recibir por fin la resolución completa con los motivos de la negativa, de forma que su bebé vive en España “como un turista estadounidense”, en el mismo “limbo legal” al que estaban sometidos estos niños antes de la aprobación de la norma, en palabras de uno de los padres. No obstante, fuentes del Ministerio de Justicia han indicado ayer que no tendría que haber ningún problema para inscribir al niño, si en el recurso contra la resolución negativa los padres cumplen con los requisitos incluidos en la Instrucción 15.317, que regula estos casos: fundamentalmente, la presentación de una sentencia judicial del país de nacimiento para garantizar los derechos del niño y la madre gestante. A este respecto cabe mencionar que, según la Plataforma de Apoyo a Familias Homoparentales que acceden a la paternidad mediante Gestación Subrogada, dicho requisito perpetúa una situación discriminatoria, ya que sólo es exigido a las familias homoparentales. Además, y siempre según la plataforma y los juristas por ellos consultados, “la instrucción sigue dejando a criterio del funcionario del registro el aceptar o no la inscripción”, y “no en todos los estados donde se subroga la supervisión es judicial, en alguno es administrativa. Incluso en aquellos donde es judicial, como California, no siempre se puede conseguir una copia del juicio para el registro español”.
Mala fe por parte del Consulado, exceso de celo o simplemente un desconocimiento real de los cambios legales, lo cierto es que hay más casos similares, de padres cuya solicitud de inscripción de sus hijos fue denegada habiéndola presentado antes del 8 de octubre (y en algún caso incluso después). Así, la impresión general de la plataforma de padres creada para defender sus derechos es que los consulados están “dando largas” a propósito y tienen “atascados” los expedientes, con el resultado de que sus hijos viven en España en un limbo legal después de que sus visados de turistas como ciudadanos estadounidenses caducasen.
En este contexto cabe recordar el reciente anuncio por parte del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, de que el Gobierno español no va a promover la autorización de la gestación subrogada en España. Según Caamaño, la nueva instrucción de su ministerio al respecto tiene como fin garantizar la seguridad jurídica de los menores, pero no supone que se abra el camino a su legalización en suelo español.
Soy Javier G. Sólo completar esta noticia... Aunque el correo electrónico denegando la inscripción de mi hijo llegó el 7 de octubre.... Para sorpresa nuestra la Resolución denegatoria del consul estaba fechada y firmada el 8 de octubre.... ¿Falsificación documental?. Saludos chicos, os invitamos a leer nuestro blog
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